Santo Domingo Este se ha convertido en el principal foco de las denuncias sobre detenciones arbitrarias y violaciones de los derechos de las personas privadas de libertad.
El caso más reciente revela que 13 ciudadanos pasaron más de un mes encerrados en dos destacamentos policiales sin comparecer ante un juez y sin que existiera constancia de un proceso penal en su contra.
La Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) logró su libertad inmediata mediante una acción de hábeas corpus presentada por las defensoras Edilenny Morel y Yuleidy Figuereo. Once de los detenidos se encontraban en el destacamento del Ensanche Felicidad y otros dos en el de Vietnam, en Los Mina.
Una inspección de la institución encontró a 16 personas privadas de libertad en ambos recintos. Trece nunca habían sido llevadas ante una autoridad judicial, pese a permanecer detenidas durante más de 30 días. No se informó sobre la situación procesal de las otras tres.
El plazo constitucional no admite interpretaciones: una persona detenida debe comparecer ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto o ser puesta en libertad. En este caso, los afectados permanecieron encerrados durante un período al menos 15 veces superior al límite permitido por la Constitución.
El artículo 40 establece, además, que toda persona privada de libertad sin causa, sin las formalidades legales o fuera de los casos previstos por las leyes debe ser liberada inmediatamente. El artículo 71 protege el derecho a recurrir al hábeas corpus frente a una privación ilegal, arbitraria o irrazonable de la libertad. Constitución dominicana de 2024
Detenidos sin expedientes
La irregularidad quedó confirmada durante la audiencia. El Ministerio Público comunicó al tribunal que, después de revisar sus registros, no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con los detenidos.
La institución acusadora no se opuso al hábeas corpus. El tribunal acogió la acción constitucional y ordenó la libertad inmediata de las 13 personas. También rechazó la solicitud de imponer una astreinte —una penalidad económica por incumplimiento— y compensó las costas del proceso.
La decisión judicial devolvió la libertad a los afectados, pero dejó abiertas preguntas que las autoridades deben responder: ¿quién ordenó mantenerlos detenidos?, ¿por cuáles hechos fueron arrestados?, ¿por qué ninguna autoridad detectó durante más de un mes que permanecían fuera del sistema judicial? y ¿qué consecuencias enfrentarán los responsables?
La ausencia de expedientes convierte el caso en algo más grave que un retraso burocrático. Durante semanas, 13 personas permanecieron bajo custodia del Estado sin control judicial y prácticamente invisibles para el sistema de justicia.
Una crisis repetida en Santo Domingo Este
El episodio no aparece aislado. A principios de julio, la Defensa Pública denunció que 85 personas estaban hacinadas en el destacamento de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género de Alma Rosa. De ellas, 27 esperaban medidas de coerción o diligencias procesales y otras 58 ya tenían decisiones judiciales, pero continuaban en un recinto concebido para detenciones temporales. La ONDP calificó entonces la situación como una problemática agravada en distintos destacamentos de Santo Domingo Este.
El Defensor del Pueblo confirmó posteriormente el hacinamiento, la insalubridad, las demoras en los traslados y el riesgo de infecciones entre detenidos con heridas. También se ha denunciado el envío de personas a prisión sin celebrar previamente las audiencias correspondientes.
La sucesión de casos coloca a Santo Domingo Este como el epicentro actual de una práctica incompatible con un Estado de derecho: detener primero y explicar después, si es que llega a ofrecerse alguna explicación.
“Ningún ciudadano puede permanecer privado de libertad sin ser sometido al control de un juez y sin que se respeten las garantías del debido proceso”, afirmó el director de la Defensa Pública, Rodolfo Valentín Santos.
La libertad de los 13 ciudadanos corrige la consecuencia inmediata de la arbitrariedad, pero no borra el mes que pasaron encerrados ni sustituye la obligación estatal de investigar lo ocurrido. Sin identificación de responsables, sanciones y controles efectivos, el hábeas corpus seguirá funcionando como remedio de emergencia frente a detenciones que nunca debieron prolongarse.
