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El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó este lunes la dispersión de más de RD$6,000 millones correspondientes a aportes previsionales retenidos de docentes que cotizan de manera simultánea en el Ministerio de Educación (Minerd) y a través de empleador del sector público o privado.

La medida fue adoptada mediante la resolución No. 638-06, la cual dispone que dichos recursos, junto con la rentabilidad generada, sean distribuidos entre el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima) y la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) seleccionada por cada trabajador, según el origen de las cotizaciones.

De acuerdo con el CNSS, esta decisión pone fin a una situación que durante años afectó a miles de maestros con doble cotización, quienes realizaban aportes tanto al Inabima como al Sistema Dominicano de Pensiones.

La resolución garantiza que los docentes puedan recibir los beneficios derivados de todas sus cotizaciones, respetando los derechos adquiridos por los aportes realizados en ambos sistemas.

La Ley 87-01 establece el principio de afiliación única. Sin embargo, el párrafo I del artículo 43 reconoce el derecho de los afiliados a disfrutar de dos o más pensiones cuando estas sean el resultado de cotizaciones efectuadas a igual número de planes contributivos.

¿Cómo serán distribuidos los fondos? 

La resolución establece que los aportes retenidos por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la rentabilidad acumulada serán distribuidos de la siguiente manera:

  1. Los aportes de los maestros que tuvieron y/o tienen como único empleador al Minerd, más su rentabilidad, serán dispersados al Inabima.
  2. Los aportes de los maestros que tuvieron o tienen un empleador privado y/o público, más su rentabilidad, serán dispersados a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) de la AFP seleccionada por estos.
  3. Para el caso de los aportes de los maestros que coticen simultáneamente al Minerd y a un empleador privado y/o público, sus aportes más su rentabilidad, serán dispersados al Inabima lo correspondiente al Minerd y a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) de la AFP seleccionada por estos, lo proveniente de un empleador privado y/o público, respectivamente, con el objetivo de que puedan disfrutar de todos los beneficios establecidos en cada uno de estos fondos, tomando en cuenta que, son el resultado de cotizaciones a Sistemas distintos.

El CNSS señaló que esta disposición permitirá a los docentes acceder a los beneficios previsionales generados por ambos sistemas, conforme a lo establecido en la Ley 87-01.

Asimismo, instruyó a la Superintendencia de Pensiones (Sipen), con el apoyo de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y de Unipago, a realizar el cálculo de la rentabilidad acumulada e individualizar los fondos correspondientes a cada afiliado.

Una vez concluido ese proceso, la TSS procederá a la dispersión de los recursos en un plazo máximo de tres meses calendario a partir de la notificación de la resolución.