Aunque República Dominicana tiene un nuevo Código Penal vigente desde agosto de 2026, el Ministerio Público fundamentó parte de la acusación contra los imputados de Senasa 2.0 en el Código Penal de 1884.
La razón está en las fechas de los hechos investigados.
La solicitud de medida de coerción de Cobra 2.0-A atribuye a la estructura 4,363 autorizaciones presuntamente fraudulentas por RD$41.1 millones, correspondientes a consultas y procedimientos registrados entre enero de 2021 y febrero de 2025.
Para ese período todavía estaba vigente el antiguo Código Penal dominicano.
Por eso, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) calificó provisionalmente los hechos utilizando, entre otros, los artículos 147, 148, 150 y 151 del antiguo código, relativos a falsedad y uso de documentos falsos; los artículos 265 y 266, sobre asociación de malhechores, y el artículo 405, que sanciona la estafa.
El expediente también incluye imputaciones sustentadas en leyes especiales que ya estaban vigentes durante los hechos, como la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos.
El nuevo Código ya está vigente, pero…
El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 74-25, que instituyó el nuevo Código Penal, el 3 de agosto de 2025. La legislación estableció un período de 12 meses antes de su entrada en vigencia y posteriormente fue modificada mediante la Ley 44-26.
En términos generales, el nuevo Código comenzó a regir en agosto de 2026, más de un año después de los últimos hechos fraudulentos que la Pepca atribuye a la estructura de Senasa 2.0.
La Constitución dominicana impide que una ley penal posterior sea utilizada retroactivamente para perjudicar a una persona.
El artículo 110 establece que la ley dispone para el porvenir y solo puede aplicarse retroactivamente cuando resulte favorable a una persona que esté siendo procesada o cumpliendo una condena.
El propio nuevo Código Penal reproduce ese principio: la ley penal no se aplica a hechos ocurridos antes de su entrada en vigor, salvo cuando favorezca al imputado.
Eso significa que el hecho de que el proceso judicial se produzca después de agosto de 2026 no permite aplicar automáticamente las nuevas infracciones y penas a conductas que, según la acusación, ocurrieron entre 2021 y 2025.
La excepción: si la nueva ley beneficia al imputado
Si alguna disposición del nuevo Código Penal resulta más favorable para un imputado, por ejemplo porque reduce una sanción, elimina una conducta penal o establece un tratamiento jurídico menos severo, podría solicitarse su aplicación retroactiva.
Delitos imputados
En materia penal, la regla general es aplicar la legislación vigente al momento de los hechos, salvo que una norma posterior beneficie al procesado.
Qué delitos les atribuye el Ministerio Público
En la solicitud de coerción, la Pepca sostiene que los hechos configuran provisionalmente falsificación y uso de documentos falsos, asociación de malhechores y estafa contra el Estado, además de delitos de alta tecnología y lavado de activos.
El Ministerio Público acusa a la estructura de utilizar información de afiliados para generar autorizaciones y presentar reclamaciones por consultas y procedimientos que supuestamente no fueron realizados.
La audiencia de medida de coerción contra los 25 nuevos imputados fue aplazada para el miércoles. El órgano persecutor solicita 18 meses de prisión preventiva y que el caso sea declarado complejo.
